Un análisis geopolítico sobre el programa “Protecting Global Commons” y sus implicancias estratégicas
El historiador, especialista en Defensa y geopolítica Guillermo Caviasca, integrante del equipo de PIA Global, publicó un extenso análisis sobre el acuerdo suscripto entre la Armada Argentina y el Comando Sur de los Estados Unidos (SOUTHCOM), denominado Protecting Global Commons Program. El trabajo examina los aspectos jurídicos, militares y estratégicos de la iniciativa, y plantea interrogantes sobre sus consecuencias para la soberanía argentina en el Atlántico Sur.
La discusión se abrió tras el anuncio realizado el 18 de mayo de 2026 por el Comando Sur y la Embajada estadounidense en Buenos Aires, quienes informaron la firma del programa a través de sus redes sociales. Un dato que Caviasca considera revelador es que la comunicación inicial no partió ni del Ministerio de Defensa ni de la Cancillería argentina, situación que, según sostiene, refleja una relación asimétrica entre las partes involucradas.
El significado político del concepto “bienes comunes globales”
Uno de los ejes centrales del análisis es el propio nombre del programa: Protecting Global Commons (“Protección de los Bienes Comunes Globales”).
Según explica Caviasca, el concepto de “Global Commons” posee una definición precisa en el derecho internacional. Tradicionalmente se aplica a espacios que no se encuentran bajo soberanía de ningún Estado, como la alta mar más allá de las 200 millas náuticas, la atmósfera, la Antártida o el espacio exterior.
Por esa razón, el autor considera que utilizar esa terminología para referirse a una región que incluye áreas adyacentes o vinculadas a la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina genera una controversia jurídica y política relevante. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) reconoce a los Estados costeros derechos soberanos exclusivos sobre los recursos naturales existentes dentro de esas 200 millas.
Desde esta perspectiva, Caviasca sostiene que existe una tensión entre la interpretación estadounidense del espacio marítimo y la posición histórica argentina respecto de sus derechos soberanos en el Atlántico Sur.
Cómo se firmó el acuerdo
La iniciativa fue formalizada mediante una Carta de Intención (Letter of Intent), rubricada por el jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina, almirante Juan Carlos Romay, y por el contraalmirante Carlos Sardiello, representante de las Fuerzas Navales del Comando Sur y de la Cuarta Flota estadounidense.
La firma se realizó en la Base Aeronaval Comandante Espora, en Bahía Blanca.
Caviasca destaca que este tipo de instrumentos no posee el mismo rango institucional que un tratado internacional, ya que no requiere necesariamente aprobación parlamentaria. Se trata de una modalidad habitual en los programas de cooperación militar impulsados por Washington a través de mecanismos ejecutivos.
Además, señala que el texto completo del acuerdo no había sido difundido públicamente al momento de su firma.
La Sección 333: el marco legal estadounidense
El programa se desarrolla bajo la denominada Sección 333 del Título 10 del Código de los Estados Unidos, una herramienta legal que autoriza al Departamento de Defensa norteamericano a financiar programas de entrenamiento, equipamiento y asistencia técnica para fuerzas de seguridad extranjeras.
Esta normativa, vigente hasta fines de 2027, permite implementar acciones vinculadas a:
- Seguridad marítima.
- Seguridad fronteriza.
- Operaciones antiterroristas.
- Lucha contra el narcotráfico.
- Combate al tráfico de armas y personas.
- Operaciones de paz.
De acuerdo con Caviasca, este esquema de cooperación genera una relación de dependencia tecnológica y logística, ya que los sistemas suministrados requieren mantenimiento, repuestos, actualizaciones y soporte técnico provistos por Estados Unidos.
El autor recupera conceptos desarrollados históricamente por especialistas argentinos en defensa para sostener que una capacidad militar dependiente de un proveedor externo difícilmente pueda considerarse plenamente soberana.
Qué equipamiento recibirá la Armada Argentina
El programa contempla un plan de cooperación de cinco años con incorporación progresiva de tecnología y capacitación.
Primera etapa
Ya se concretó la entrega de una cámara FLIR (Forward Looking Infrared) de alta resolución, instalada en una aeronave Beechcraft B-200 de la Aviación Naval Argentina.
Este sistema permite realizar vigilancia y reconocimiento tanto de día como de noche mediante sensores multiespectrales.
Segunda etapa
Entre diciembre de 2026 y mediados de 2027 está prevista la incorporación de dos aeronaves Textron B-360ER MPA, diseñadas específicamente para patrulla marítima.
Estos aviones complementarán la reciente recuperación operativa de los P-3C Orión de la Armada Argentina.
Fases posteriores
El acuerdo prevé además:
- Incorporación de drones VTOL (despegue y aterrizaje vertical).
- Sistemas capaces de operar desde patrulleros oceánicos.
- Un simulador para aeronaves P-3C Orión hacia 2029.
- Entrenamiento especializado brindado por la Armada estadounidense.
- Apoyo táctico para misiones de vigilancia e interceptación.
Todo el esquema apunta a fortalecer lo que la doctrina militar denomina Maritime Domain Awareness (MDA) o Conciencia del Dominio Marítimo, es decir, la capacidad de monitorear e integrar información sobre toda actividad que se desarrolla en una determinada área oceánica.
Dos narrativas diferentes sobre un mismo acuerdo
Caviasca identifica una diferencia sustancial entre la interpretación presentada por Estados Unidos y la difundida posteriormente por el Gobierno argentino.
Mientras el Comando Sur enfatizó la protección de los “bienes comunes globales”, la seguridad regional y el combate a amenazas compartidas como la pesca ilegal y el narcotráfico, el Ministerio de Defensa argentino aclaró posteriormente que el programa no implica soberanía compartida ni internacionalización del Mar Argentino.
Las autoridades argentinas sostuvieron que las tareas de monitoreo se limitarán a aguas bajo jurisdicción nacional.
Asimismo, indicaron que el programa excluye las áreas vinculadas a la disputa de soberanía con el Reino Unido en torno a las Islas Malvinas.
Para Caviasca, esta diferencia discursiva refleja dos interpretaciones distintas sobre el alcance real de la cooperación y evidencia la preponderancia política del relato estadounidense, que fue el primero en instalar públicamente el acuerdo.
El Atlántico Sur en la estrategia global de Estados Unidos
El trabajo sitúa el acuerdo dentro de una estrategia más amplia desarrollada por el Comando Sur para América Latina.
Según recuerda el autor, tanto el exjefe del SOUTHCOM, almirante Craig Faller, como la general Laura Richardson identificaron reiteradamente ante el Congreso estadounidense a China y Rusia como los principales desafíos geopolíticos en la región.
En ese contexto, el Atlántico Sur adquiere una importancia estratégica creciente por varias razones:
- Constituye una puerta de acceso a la Antártida.
- Alberga rutas marítimas alternativas al Canal de Panamá.
- Posee importantes recursos pesqueros.
- Presenta potencial energético offshore.
- Ofrece proyección hacia futuros recursos minerales submarinos.
La cuestión china y la pesca en la milla 201
Uno de los puntos destacados por Caviasca es la creciente presencia de la flota pesquera china en el borde de la Zona Económica Exclusiva argentina.
Según el análisis, Washington interpreta esa actividad no solamente como un problema ambiental o económico vinculado a la pesca ilegal, sino también como una manifestación de la expansión geopolítica china.
Por ello, sostiene que el combate a la pesca ilegal funciona simultáneamente como un objetivo legítimo y como un argumento que justifica una arquitectura de vigilancia más amplia orientada a monitorear la presencia china en el Atlántico Sur.
El vínculo con Chile y el control bioceánico
El autor también plantea que el acuerdo con Argentina debe analizarse junto con la estrecha cooperación militar que Estados Unidos mantiene desde hace años con Chile.
Desde esa perspectiva, la integración de capacidades de vigilancia en ambos países permitiría al Comando Sur construir un sistema de monitoreo que abarque tanto el Pacífico Sur como el Atlántico Sur.
Esta red posibilitaría seguir los movimientos de embarcaciones a través de:
- El Estrecho de Magallanes.
- El Canal Beagle.
- El Pasaje de Drake.
Asimismo, tendría implicancias para el acceso logístico a la Antártida desde los puertos de Ushuaia y Punta Arenas.
El contexto argentino: cooperación externa y ajuste presupuestario
Otro aspecto que Caviasca considera significativo es la coincidencia temporal entre la firma del acuerdo y los recortes presupuestarios aplicados a las Fuerzas Armadas argentinas durante 2026.
Según detalla, las reducciones alcanzaron más de 46.000 millones de pesos distribuidos entre:
- Fuerza Aérea: 16.500 millones.
- Armada: 15.220 millones.
- Ejército: 12.600 millones.
Para el analista, esta situación genera una paradoja: mientras disminuyen los recursos destinados al desarrollo de capacidades propias, se incrementa la dependencia de programas de asistencia externa para cubrir necesidades operativas.
Las conclusiones de Caviasca
El especialista sostiene que el acuerdo excede ampliamente la mera transferencia de equipamiento militar.
Entre sus principales conclusiones destaca cuatro puntos:
- La utilización del concepto “bienes comunes globales” introduce un precedente que, a su juicio, podría debilitar la posición argentina respecto de la soberanía marítima, Malvinas y la futura discusión sobre la Antártida.
- La asistencia brindada mediante la Sección 333 genera una dependencia tecnológica y logística estructural respecto de Estados Unidos, dado que los sistemas entregados requieren soporte permanente del proveedor.
- El programa forma parte de una estrategia regional más amplia destinada a fortalecer el monitoreo del Atlántico Sur y limitar la expansión de la influencia china en la región.
- La cooperación externa aparece como una respuesta a la reducción de capacidades nacionales derivada de los recortes presupuestarios en defensa.
En ese marco, Caviasca concluye que el interrogante de fondo no es si Argentina necesita vigilar su espacio marítimo —algo que considera indiscutible—, sino quién ejerce esa vigilancia, bajo qué doctrina estratégica, con qué tecnología y al servicio de qué intereses geopolíticos.










