El gremio docente rechazó la exigencia de organizar guardias en las escuelas durante las vacaciones y sostuvo que se trata de un derecho laboral irrenunciable, respaldado por el Estatuto Docente y la Constitución.
El sindicato docente UnTER manifestó su rechazo a los requerimientos de las Direcciones de Nivel y áreas del Ministerio de Educación que solicitan a los equipos directivos la organización de cronogramas de guardias durante el receso escolar estival. A través de la nota Nº 1756/25, la organización gremial exigió que se respete el derecho al uso de la licencia anual obligatoria por descanso, tal como lo establecen la Ley 391 y la Resolución 233/98.
Desde UnTER señalaron que el período estival no constituye un “receso escolar”, sino el período vacacional ordinario anual de las y los trabajadores de la educación, por lo que resulta improcedente cualquier exigencia de permanencia o guardias por parte de los equipos directivos. En ese sentido, remarcaron que el artículo 30 de la normativa vigente establece el carácter obligatorio de la licencia anual, lo que impide su restricción o condicionamiento bajo cualquier circunstancia.
El gremio recordó que en anteriores oportunidades ya había expresado su negativa frente a planteos similares, al considerar que trasladan responsabilidades patrimoniales y de seguridad que no corresponden a las y los directivos, más aún en un contexto de reiterados hechos de vandalismo en establecimientos escolares. UnTER advirtió que los equipos directivos no cuentan con recursos ni respaldo normativo para asumir esas cargas durante su período de descanso.
Como alternativa, el sindicato sostuvo que los directivos deben limitarse a poner a disposición de los consejos escolares las llaves de cada institución y, de corresponder, el inventario de bienes, y que sea el Consejo Provincial de Educación y el Gobierno provincial quienes asuman la responsabilidad de garantizar guardias y el resguardo patrimonial, sin vulnerar el derecho al descanso.
El planteo gremial se apoya, además, en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en el artículo 40 de la Constitución de Río Negro, que garantizan el derecho al descanso y a las vacaciones pagas. Finalmente, UnTER advirtió que la vulneración de este derecho compromete la salud de los equipos directivos y afecta su capacidad pedagógica, condición esencial para el ejercicio de la docencia.
El comunicado lleva la firma de Gabriela Aguilar, secretaria Gremial y de Organización; Félix Mauricio Ovadilla, secretario Adjunto; y Laura Ortiz López, secretaria General de UnTER.









