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La Corte Suprema ratificó la condena por el femicidio de Agustina en Catriel: el fallo del primer juicio por jurados quedó firme

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena a prisión perpetua contra Facundo Rebolledo por el femicidio de Agustina, ocurrido en febrero de 2020 en Catriel. Se trata de un hecho judicial histórico: es la primera condena de un juicio por jurados realizado en Cipolletti pero por un hecho ocurrido en Catriel, que queda firme.

Rebolledo, que entonces tenía 22 años, fue detenido en marzo de 2020 y declarado culpable el 7 de septiembre de 2021 por un jurado popular de la Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro. Doce ciudadanos —más cuatro suplentes— lo hallaron unánimemente responsable del delito de “homicidio agravado por femicidio”.

Días después, el juez Marcelo Alcides Gómez, quien condujo el debate oral en el que declararon cerca de 50 testigos y se analizaron múltiples pericias, dictó la pena máxima: prisión perpetua, la única posible para esa calificación legal.

Una condena ratificada en todas las instancias

La defensa del condenado presentó sucesivos recursos en las distintas instancias judiciales, todos rechazados. Primero apeló ante el Tribunal de Impugnación, luego presentó un control extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que también desestimó el planteo. Más tarde, intentó un recurso de queja ante el mismo STJ, sin éxito.

Finalmente, la defensa acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el pasado jueves 16 de octubre declaró inadmisible el recurso de queja por denegación del Recurso Extraordinario, dejando firme la condena impuesta por el jurado.

Un crimen que conmocionó a toda la región

El femicidio de Agustina, de 17 años, causó una profunda conmoción en Catriel y en toda la región. La joven desapareció el 29 de febrero de 2020, y su cuerpo fue hallado el 3 de marzo en el río Colorado. La comunidad realizó múltiples marchas exigiendo justicia y el esclarecimiento del hecho.

Según la investigación, Rebolledo la invitó a pasar la tarde en el río, la trasladó en su moto y le ofreció bebidas alcohólicas. Cuando la joven se resistió a sus intentos de abuso, la golpeó y la arrojó al agua.

Testigos confirmaron durante el juicio que ambos fueron vistos juntos en la costa del río. Otros relataron el comportamiento violento y errático de Rebolledo la noche anterior, durante una fiesta en su casa: disparó al aire con un arma, se mostró alcoholizado e insistente con varias mujeres.

Una de las jóvenes presentes contó que el acusado fue especialmente insistente con ella, le ofreció vino en varias oportunidades y la siguió durante toda la noche. Al día siguiente, también la invitó al río, pero ella se negó.

La declaración del acusado

Durante el juicio, Rebolledo declaró en la primera audiencia y sostuvo que era inocente. Reconoció que estuvo con Agustina en el río, pero afirmó que se fue antes de que ocurriera el crimen porque ella “iba a encontrarse con su novio”.

Sin embargo, el jurado consideró que la evidencia presentada por la fiscalía fue contundente y lo halló culpable por unanimidad.

Con la decisión de la Corte Suprema, la sentencia quedó firme y se cerró definitivamente la vía judicial en una causa que marcó un antes y un después en la historia judicial de Río Negro: el primer juicio por jurados de la región que llega a una condena firme por femicidio.

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