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El STJ dejó firme la absolución del exintendente David Bravo en la causa por regalías petroleras

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa rechazó el recurso extraordinario federal presentado por la Municipalidad de 25 de Mayo en la causa contra el exintendente David Bravo. Con esta resolución, quedó firme la absolución dictada en 2023 por el Tribunal de Audiencia y ratificada en 2024 por el Tribunal de Impugnación Penal, lo que implica el archivo definitivo del expediente sin posibilidad de intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El proceso judicial se había originado por el manejo de regalías petroleras transferidas a la cooperativa COOSPU durante la gestión de Bravo. La Fiscalía lo acusó de haber promulgado dos ordenanzas —la 17/2012 y la 24/2012— que habilitaron el envío de fondos a la entidad. Según el Ministerio Público, mediante la segunda de ellas se transfirieron alrededor de 1,4 millones de pesos entre diciembre de 2012 y 2013 en condiciones que vulneraban las normas de control del gasto público.

Durante el debate oral, la Municipalidad de 25 de Mayo, en carácter de querellante particular, intentó ampliar la acusación original. Planteó que Bravo había montado un esquema para usar a la cooperativa como intermediaria en la contratación de obras, con el fin de eludir la Ley de Contabilidad, la Ley de Obras Públicas y los controles municipales. Solicitó una pena de dos años y medio de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Sin embargo, los jueces entendieron que la querella no podía sostener esa ampliación porque en la etapa intermedia del proceso no había presentado acusación autónoma ni adhirió a la de la Fiscalía. Esa omisión limitó su participación en el debate, donde solo podía acompañar la teoría del caso fiscal, pero no introducir nuevos hechos o calificaciones legales.

En el análisis de fondo, los tribunales también marcaron diferencias entre las acusaciones. Sobre la ordenanza 17/2012, señalaron que no se probó ninguna conducta delictiva atribuible a Bravo, dado que la norma fue aprobada por el Concejo Deliberante y nunca llegó a aplicarse, siendo derogada poco después. En cuanto a la ordenanza 24/2012, mientras la Fiscalía apuntaba a la supuesta sustracción de fondos mediante transferencias a la COOSPU, la querella intentó instalar que se trató de un ardid para evadir controles, una imputación considerada extemporánea.

En agosto de 2024, el Tribunal de Impugnación Penal había ratificado la absolución con el argumento de que la querella pretendía modificar la acusación en pleno debate, lo que violaba el principio de congruencia. Tras esa decisión, la Municipalidad presentó distintos recursos hasta llegar al extraordinario federal, que fue desestimado por la Sala B del STJ el pasado 29 de agosto por improcedente.

De esta manera, David Bravo quedó definitivamente absuelto en la causa que lo investigaba por el manejo de regalías petroleras durante su gestión como intendente de 25 de Mayo.

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