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Catriel: rechazaron el reclamo de un hombre por su vivienda al no figurar como titular al iniciar la demanda

La Justicia desestimó una acción de reivindicación porque el inmueble estaba a nombre del municipio cuando se presentó el reclamo; la escritura se obtuvo después y no fue considerada válida para sostener el planteo.

Un hombre de Catriel no logró recuperar la vivienda en la que crecieron sus hijos luego de que la Justicia rechazara su demanda por un requisito clave: al momento de iniciar la acción judicial, el inmueble no estaba inscripto a su nombre sino a nombre de la municipalidad.

El caso se originó tras la separación de la pareja, cuando la mujer quedó residiendo en la casa junto a los hijos en común. Con el paso del tiempo, el hombre reclamó la restitución del inmueble al sostener que había adquirido el lote antes del matrimonio, construido allí la vivienda y permitido la permanencia de su expareja por un motivo que —según argumentó— dejó de existir.

Además, indicó que la propiedad ya no cumplía la función de hogar familiar e incluso habría sido alquilada, por lo que decidió avanzar con una acción de reivindicación, el mecanismo legal previsto para recuperar un bien cuando se invoca un derecho de propiedad.

Sin embargo, durante el proceso judicial emergió un dato determinante: al momento de presentar la demanda, el inmueble no contaba con escritura a su nombre. Si bien posteriormente logró obtener el título, la Justicia consideró que ese elemento debía estar acreditado desde el inicio del reclamo.

El fallo fue contundente en este punto: no alcanza con un boleto de compraventa ni con haber ocupado previamente el inmueble si no existe un título de propiedad debidamente registrado al momento de accionar judicialmente.

En base a ese criterio, se concluyó que el demandante no cumplía con los requisitos legales para impulsar la acción, por lo que la demanda fue rechazada sin que se analizara el fondo del conflicto vinculado al uso de la vivienda.

El expediente tuvo un extenso recorrido judicial: comenzó con una sentencia de un juzgado civil que rechazó el planteo, luego pasó por una instancia de revisión, fue intervenido por el Superior Tribunal de Justicia —que anuló ese pronunciamiento— y finalmente terminó con una nueva resolución de la Cámara Civil de Cipolletti, que confirmó el rechazo por la falta de titularidad al inicio del proceso.

Con información de la Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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