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La Justicia Federal ordenó a Vialidad Nacional reparar la Ruta 151 tras constatar su “grave deterioro”

El Juzgado Federal de General Roca hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Provincia de Río Negro, varios municipios del Alto Valle y cámaras empresariales contra el Estado Nacional y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), al considerar probado el “grave deterioro” de la Ruta Nacional 151 y la omisión de mantenimiento por parte del organismo.

La sentencia fue dictada por el juez Hugo Greca, quien dispuso medidas urgentes luego de realizar una inspección ocular sobre el corredor nacional. En su resolución, el magistrado ordenó a la DNV “la confección en el término de diez días de un plan de relevamiento de los puntos más críticos de deterioro de la calzada” y, en un plazo máximo de 90 días, la ejecución de un plan de acción para su reparación.

Además, estableció que la Dirección Nacional de Vialidad deberá elaborar, en un segundo paso, “un plan de mantenimiento y/o reconstrucción de la calzada en su totalidad”, el cual deberá estar operativo “al cumplirse los seis meses desde la fecha de la presente sentencia”.

El amparo fue impulsado por el gobernador Alberto Weretilneck, junto con los municipios de Cipolletti, Cinco Saltos, Catriel, Contralmirante Cordero y Campo Grande, y representantes de cámaras empresariales y de servicios. En la demanda, los actores denunciaron la falta de mantenimiento de la Ruta Nacional 151 entre los kilómetros 0 y 150, en el límite con La Pampa, y advirtieron sobre el riesgo que representa el estado de la calzada para el tránsito vehicular y las actividades productivas de la región.

El reclamo señaló que el primer tramo de la ruta —hasta el kilómetro 31,5— presenta “roturas de múltiples características en la calzada, ahuellamientos, abultamientos y descalces en banquinas”. En tanto, el segundo tramo, hasta el límite pampeano, exhibe “un deterioro de la calzada muy avanzado, con hundimientos y fisuras”, considerado el más afectado de todo el trayecto.

Los demandantes argumentaron que el deterioro impacta de forma directa en los servicios esenciales del Estado —salud, educación y seguridad vial—, así como en las principales actividades económicas de la zona: la hidrocarburífera, frutícola, minera, de transporte y turística.

Por su parte, el Estado Nacional y la Dirección Nacional de Vialidad negaron las acusaciones y aseguraron que la ruta recibe mantenimiento “dentro del marco presupuestario disponible”. También sostuvieron que las decisiones de asignación de fondos son “cuestiones de discrecionalidad técnica no justiciables”, y atribuyeron el deterioro a factores climáticos y al tránsito intenso vinculado con la actividad petrolera.

Sin embargo, el juez Greca consideró insuficientes los argumentos de la defensa y remarcó que los organismos demandados “no han siquiera mencionado en ninguna de sus presentaciones el fideicomiso” destinado específicamente al financiamiento de obras viales.

En los fundamentos del fallo, el magistrado aclaró que el reclamo “no busca imponer la forma en que deben invertirse los fondos nacionales”, sino garantizar “el cumplimiento de un fideicomiso legal vigente que no se aplica a sus fines” y reparar “un estado de extremo deterioro de la Ruta 151 que afecta la prestación de servicios provinciales y municipales, así como la actividad económica de la región”.

El juez concluyó que las tareas de conservación realizadas por la DNV “no son suficientes para cumplir su obligación conforme al artículo 2 del decreto 505/58”, y advirtió que la intervención sobre el corredor es “urgente e impostergable”.

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